Los agentes obligados a presentar su Declaración Jurada Patrimonial, deberán hacerlo dentro de los cuarenta y cinco (45) días hábiles de la asunción de sus cargos, y dentro de los cuarenta y cinco (45) días hábiles de cesado en el mismo. Si durante el período de permanencia en la función correspondiente surgiera una variación patrimonial, se deberá poner en conocimiento a la autoridad de aplicación, dentro de los cuarenta y cinco (45) días hábiles, desde la fecha en que hubiera surgido dicha variación.
Ordenanza Ordenanza N° 12300/ 16 – Ética Pública
A tal fin deberán presentarse ante este Tribunal de Cuentas Municipal con dos (2) copias del formulario correspondiente, completo y sin firmar, además de la presentación obligatoria de su DNI.